Hoy voy a hablar de nuestro libro sobre los 100 años de la OIT

Os traigo el libro que contiene las comunicaciones presentadas en el pasado XXIX Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la  Seguridad Social «El futuro del trabajo: cien años de la OIT» (Salamanca, 30 y 31 de mayo de 2019) En esta obra se incluye mi capítulo «La red LinkedIn a la luz del Convenio 181 OIT sobre agencias de empleo privadas» que obtuvo (ex aequo) el Premio Juan Rivero Lamas a la mejor comunicación. Al final de esta entrada expongo un resumen del mismo con sus conclusiones.

El libro ha sido publicado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en formato epub y a un precio irrisorio de 5,20 € teniendo en cuenta que contiene 82 capítulos agrupados en las siguientes 6 partes (casi 1700 páginas):

  • El trabajo y la relación de trabajo: 20 capítulos con temáticas como el derecho a la desconexión digital, contratos de trabajo, inteligencia artificial, discapacidad, plataformas digitales, trabajo autónomo, tiempo de trabajo, despidos, teletrabajo, blockchain, pago del salario, etc.
  • El tránsito de la economía informal a la economía formal: 4 capítulos relacionados con empleados de hogar, Inspección de Trabajo, trabajo voluntario y trabajo informal e igualdad.
  • La participación de las mujeres en el mercado de trabajo:  12 capítulos que abordan materias como el trabajo doméstico, tiempo de trabajo, teletrabajo, discriminación por razón de género, brecha salarial, empleos verdes, acoso sexual, conciliación de la vida familiar y laboral, fomento del empleo femenino, robótica,  etc.
  • Trabajo de las mujeres y protección social: 9 capítulos que tratan contenidos como protección del embarazo, violencia de género, Seguridad Social, enfermedad profesional y tecnología, igualdad en el sistema de pensiones, etc.
  • La gobernanza de las relaciones de trabajo: 18 capítulos con temas como el despido colectivo, normas internacionales, jurisprudencia comunitaria y vacaciones, industria marítima y aeronáutica, protección de datos personales, negociación colectiva, migraciones, trabajo decente, trabajo a distancia, etc.
  • La autonomía colectiva y sus medios de expresión: 19 capítulos que cierran la obra hablando de huelga, plataformas digitales, negociación colectiva, redes sociales, protección de datos, representación de los trabajadores, acción colectiva, futuro del sindicalismo, etc.

El índice de mi capítulo es el siguiente:

1.- Introducción.
2.- El Convenio 181 OIT sobre agencias de empleo privadas y su relación con la normativa española.
2.1.- Concepto de agencia de empleo privada.
2.2.- Licencias o autorizaciones de la actividad.
2.3.- Gratuidad del servicio para los trabajadores.
2.4.- Protección de los derechos de los trabajadores.
3.- La red profesional LinkedIn.
3.1.- Características principales.
3.2.- LinkedIn y la intermediación laboral.
4.- LinkedIn y el Convenio 181 OIT.
4.1.- LinkedIn como agencia de empleo privada.
4.2.- LinkedIn y la autorización para intermediar.
4.3.- LinkedIn y el principio de gratuidad del servicio.
4.4.- LinkedIn y los derechos fundamentales de los usuarios.
5.- Conclusiones.
6. Bibliografía.

Como puede verse en el índice, el capítulo se estructura en dos partes.  En la primera, se examinan los elementos clave del Convenio 181 OIT (año 1997): definición de las agencias de empleo privadas, establecimiento de un régimen de licencias o autorizaciones para su funcionamiento, principio de gratuidad del servicio para los trabajadores y protección de los derechos de los mismos (no discriminación, datos personales, etc.). En la segunda parte se analiza el funcionamiento de LinkedIn para poder responder a las siguientes preguntas:

a) ¿Nos encontramos ante un agente de la intermediación laboral en los términos establecidos en la normativa internacional y nacional?
b) ¿Cómo debe adaptarse la normativa a la actuación de este tipo de agentes digitales?
c) ¿Qué riesgos suponen dichos agentes en relación con la supervisión pública de su actividad, el derecho a la gratuidad del servicio para los trabajadores y resto de derechos fundamentales (especialmente, no discriminación y protección de datos de carácter personal?

Las conclusiones más relevantes del capítulo son:

  • La red profesional LinkedIn queda encuadrada en la primera tipología de agencias de empleo privadas establecida por el Convenio 181. También cabe considerarla como agencia de colocación a la luz de nuestra normativa nacional.
  • LinkedIn debería presentar la declaración responsable pertinente y someterse a la normativa sobre agencias de colocación; debería eliminar los servicios de pago que ofrece a los candidatos para mejorar su posicionamiento (Premium Career); debería examinar y aprobar cada oferta de empleo antes de su publicación para evitar ofertas falsas o discriminatorias.
  • El Convenio 181 OIT sigue siendo adecuado para regular nuevas formas de intermediación laboral digital como las llevadas a cabo por LinkedIn. Los problemas vienen por la falta de control de nuestras autoridades públicas. Debe controlarse administrativamente la actividad de estos intermediadores digitales como garantía de transparencia y salvaguarda de los derechos de los usuarios. Si se da vía libre a las entidades de intermediación laboral digital sin control alguno estatal, la ventaja frente al resto de operadores puede provocar un incentivo perverso para que todos se pasen al mundo digital con la finalidad de operar sin ser monitoreados por los servicios públicos de empleo.

Podéis adquirir el libro en el siguiente enlace:

https://expinterweb.mitramiss.gob.es/libreriavirtual/detalle.action?cod=XIYE0423

 

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6 respuestas a Hoy voy a hablar de nuestro libro sobre los 100 años de la OIT

  1. Vicente Feltrer dijo:

    Aportación muy clara y rigurosa. Contextualiza legalmente las prácticas de reclutamiento y Selección en LinkedIn. Me gustaría utilizar tu capítulo como documento de trabajo interno para mis alumnos del Master en Gestión de RRHH, por lo que solicito tu autorización. Muchas gracias.

    • Aflabor dijo:

      Hola Vicente
      Gracias por tus palabras. Lo puedes usar como desees en tus clases. Recuerdo que también recomendabas mi libro «Los procesos de selección de personal en la empresa privada: claves jurídicas» por lo que te reitero mi agradecimiento.
      Un saludo

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  4. Pingback: Hoy voy a hablar de nuestro libro sobre nuevas tecnologías y cambios organizativos | AFLabor

  5. Aflabor dijo:

    Atención, ya está disponible gratuitamente en pdf el capítulo en la versión publicada en la revista Documentación Laboral. Pinchad en el siguiente enlace:

    Haz clic para acceder a 07%20La%20red%20linkedin%20a%20la%20luz%20del%20Convenio%20181%20OIT%20sobre%20agencias%20de%20empleo%20privadas%20(Fern%C3%A1ndez%20Garc%C3%ADa).pdf

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